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Ley Karin - Prevención

Ley N° 21.643 PENTAGON S.A. ARTICULOS DE SEGURIDAD Y PRODUCTOS INDUSTRIALES S.A.

Protocolo de Prevención

1
PREVENCIÓN

A través de la identificación de peligros y evaluación de riesgos psicosociales, estableciendo medidas de control, implementando pautas para informar y capacitar adecuadamente a los trabajadores sobre ellos y asegurando la protección de la privacidad y el honor de todos los involucrados.

2
INVESTIGAR

Sujeto a los principios de confidencialidad, imparcialidad, rapidez y perspectiva de género, se gestiona mediante pasos comunes, como la presentación de la denuncia, adopción de medidas de protección, redistribución de tiempos y espacios físicos, y otorgamiento de atención psicológica temprana a la persona denunciante. Durante la investigación, todo debe quedar por escrito, mantenerse estrictamente confidencial y garantizar que ambas partes sean escuchadas y puedan fundamentar sus declaraciones. Quien esté a cargo debe contar con formación en temas de acoso y apoyo de terceros.

3
SANCIÓN

Según lo dispuesto en el artículo 154 N° 10 del Código del Trabajo, consiste en amonestaciones verbales, por escrito o multas, las que serán aplicadas según la gravedad de la conducta. En caso de verificarse una falta grave, de acuerdo al artículo 160 del Código del Trabajo, el empleador podrá aplicar el despido.

4
DOCUMENTOS LEGALES

Formulario de Denuncia

Si tienes conocimiento de algún hecho relacionado con los delitos mencionados o que contravenga el Modelo de Prevención de Delitos de PENTAGON S.A. ARTICULOS DE SEGURIDAD Y PRODUCTOS INDUSTRIALES S.A., puede realizar su denuncia en el siguiente formulario:

Nota: Este canal de denuncias no es un canal para reclamos sobre problemas de ventas/garantías. Para esto debe contactar nuestro Centro de Contacto +56 2 29796318 o correo de contacto contacto@pentagon.cl.